lunes, 29 de octubre de 2012

Estudios de Jubilación


Jubilación ordinaria

La edad para la jubilación ordinaria es 67 años. No obstante, se podrán jubilar a los 65 años quien haya cotizado 38 años y seis meses. ( antes 35 años )

El incremento de la edad para jubilarse será progresivo entre 2013 y 2027 aumentando 1 mes por año hasta 2018 y 2 meses por año de 2019 a 2027. Es decir:

en el año 2013, serán 65 años y 1 mes
en el año 2020, serán 65 años y 10 meses

Por otro lado, el incremento de la carrera laboral completa pasará progresivamente de 35 años a 38 años y 6 meses, de 2013 a 2018, con una carencia de 3 meses por año. Es decir:

en el año 2013 35 años y 3 meses
en el año 2016 36 años
en el año 2020 37 años
....
en el año 2026 38 años y 6 meses.

En cuanto a la jubilación anticipada, el criterio general indica la edad mínima desde los 63 años con un mínimo de 33 años cotizados.
El coeficiente de reducción anual por cada año anticipado a la edad de jubilación ordinaria: 7,5 %.
Las excepciones son las situaciones " de crisis " entendiendo por ellas, las jubilaciones como consecuencia de decisiones adoptadas en ERE o por convenios o acuerdos colectivos, o procesos concursales.
En este caso, la edad mínima de jubilación serían los 61 años, con un mínimo de 33 años cotizados.
El coeficiente reductor anual por año de anticipo, el 7,5%, no pudiendo ser inferior al 33% ni superior al 42% de la base reguladora.

Por otro lado, destacar que hasta ahora el período a efectos de cálculo de la pensión de la jubilación era de 15 años. Tras la reforma ese período se amplía hasta 25 años de forma progresiva desde 2013 al 2022.


viernes, 26 de octubre de 2012



El Outsourcing laboral, y la externalización del departamento laboral, es un servicio indicado para una gran variedad de empresas.
Está indicado tanto para las empresas grandes y medianas que aún teniendo un departamento administrativo propio pueden verse beneficiadas de un ahorro de costes al externalizar la gestión laboral de su empresa o despacho, como al pequeño empresario.
Por todo ello, puedo hacerme cargo de toda su gestión laboral.
  • Gestión de personal
  • Realización de nóminas de los trabajadores
  • Cálculo y confección de la Seguridad Social y mutualidades (TC1, TC2, ...)
  • Retenciones del trabajo del I.R.P.F., confección de los trimestrales y Resumen Anual; certificados de retribuciones para los trabajadores.
  • Gestión ante el INSS y las Mutuas de los boletines de altas y bajas por Incapacidad Laboral, comunicados de accidentes.
  • Gestión laboral: realización y tramitación de los contratos, altas de trabajadores y modificaciones de contratos. Notificación a la empresa con antelación al vencimiento de los contratos de trabajo, prórrogas de los mismos o realización de los finiquitos y baja de los trabajadores. Realización de presupuestos de coste por trabajador.
  • Realización de despidos, asistencia y representación ante el CMAC.
  • Prevención de riesgos laboral: sobre la actividad de la empresa.
  • Asistencia y atención de inspecciones de Trabajo.
  • Incidencias varias ante organismos públicos
  • Tramitación de aplazamientos de cuotas a la seguridad social.
  • Cualquier otra gestión que pueda necesitar.